
Penas llegan hasta 25 años de prisión por "feminicidio".
El Congreso de la República oficializó la Ley Nº 29819, del 01DIC2011 y publicado en el diario oficial "El Peruano el 27DIC2011, que modifica el artículo 107 del Código Penal para incluir la figura del feminicidio. Dicha norma crea la figura penal para sancionar la muerte de una mujer a manos de su pareja.
A partir de la aprobación de esta norma, el artículo 107 del Código Penal señala que "quien a sabiendas mata a su ascendiente, descendiente, natural o adoptivo, o a quien es o ha sido su cónyuge, su conviviente o con quien esté sostiendo o haya sostenido una relación análoga, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de 15 años".
Asimismo, la referida norma agrega que la pena privativa de libertad será no menor de 25 años cuando concurra cualquiera de las circunstancias agravantes previstas en el artículo 108, referido al homicidio.
Perú es el sexto país en América Latina en tipificar el feminicidio como delito con lo que se suma a Chile, Colombia, Costa Rica, El Salvador, Guatemala y México.
Fuente: Diario "Perú 21"// 27DIC2011
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